El Juicio de Concubinato posterior al fallecimiento del pensionado ante un Juzgado Familiar, es el procedimiento legal necesario para demostrar la convivencia en pareja, por el fallecimiento del asegurado o pensionado.
Su fin principal es obtener la Sentencia que sirve como requisito indispensable, para tramitar la pensión por viudez u otros derechos ante instituciones como es el ISSSTE, el IMSS, AFORE y/o Seguros.
¿Para qué sirve el Juicio de Acreditación de Concubinato?
– Reconocimiento Oficial: Demuestra ante la ley la unión libre, estable y pública.
– Acceso a derechos: Permite reclamar la pensión por viudez.
– Trámite institucional: Es el documento clave que exige el área de prestaciones socioeconómicas de las instancias de salud y seguridad social.
Requisitos para la Acreditación de Concubinato
– Acta de defunción de la persona pensionada
– Acta de nacimiento de ambos
– Actas de nacimiento de los hijos de ambas partes y de los hijos en común, si los hay.
– Constancia de inexistencia de matrimonio de ambos
– Comprobantes de domicilio de ambos
– Testigos
– Institución ante la cuál se harán valer las diligencias

Pensión por viudez en el concubinato
Para solicitar la pensión por viudez de una relación de concubinato ante el IMSS o ISSSTE, se debe acreditar tanto la relación de concubinato, así como también que el asegurado haya tenido al momento de su fallecimiento al menos 150 semanas de cotización.
La pensión por viudez en concubinato se otorga a la pareja de un asegurado o pensionado fallecido, en instituciones como el IMSS o ISSSTE, siempre que no exista cónyuge legal, que se compruebe la convivencia libre de matrmonio de ambos y que el trabajador fallecido cumpla con el mínimo de 150 semanas cotizadas.
